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Coro
Polifónico Nacional y Banda Militar / Director Roberto Saccente
Formato MP3, 3.079 kb
En
idioma Guaraní por el Conjunto Argentino para la Música Nativa Comuna
(H.Here)
Formato MP3, 3.674 kb
Banda
Sinfónica de la Fuerza Aerea Argentina / Director Ramón Victor Vergara
Formato MP3, 3.580 kb
Himno Nacional Versión Cantada por Jairo
Formato MP3, 4.074 kb
En
idioma Quechua
Formato MP3, 3.529 kb
Más Información:
http://www.presidencia.gov.ar/datos_simbolos.aspx
http://www.buenosaires.gov.ar/areas/educacion/publicaciones/grito/index.php
http://www.youtube.com/watch?v=c4HKLSuWpOM&feature=related
Las lenguas indígenas de la Argentina
Se estima que antes de la llegada de los españoles a América, en lo que es hoy el territorio argentino, se hablaban unas 35 lenguas indígenas. Actualmente existen sólo doce agrupadas en cinco familias lingüísticas (Censabella, 1999): familia guaraní (lenguas chiriguano, mbyá y guaraní), familia guaycurú (lenguas toba, mocoví y pilagá), familia mataguaya (lenguas wichí, nivaclé y chorote), familia quichua (lengua quichua) y familia chon (lengua tehuelche). Además existe la lengua mapuche, no incluida en ninguna familia lingüística. Para el estudio y caracterización de estas lenguas, proponemos un recorrido de Norte a Sur por el territorio de la Argentina, teniendo en cuenta que las fronteras lingüísticas no siempre coinciden con los límites geográficos de los países. Por ejemplo, el quechua que hablan los collas del Noroeste argentino también se habla en Bolivia; el mapudungun es el idioma de los mapuches que habitan tanto en la Patagonia argentina como en Chile. Ver mapa interactivo.
Todas las
lenguas indígenas habladas en el país eran originariamente ágrafas, es
decir, no poseían escritura. La transmisión oral era la manera de
preservar las costumbres, las reglas sociales y los valores éticos. Sin
embargo, muchos estudiosos, en general misioneros, confeccionaron gramáticas
y diccionarios, recopilaron textos y, con propósitos religiosos,
tradujeron la Biblia a algunas de estas lenguas. En los últimos diez años,
la implementación de programas de educación bilingüe e intercultural en
algunas escuelas con población aborigen otorgó importancia a la
escritura de las lenguas indígenas y motivó a algunas comunidades aborígenes
a adoptar un alfabeto propio. Algunos de estos alfabetos, como el toba,
adaptan los sonidos de esa lengua a las letras del alfabeto castellano.
Por ejemplo, se utiliza hu para el sonido w (alhua = alwa
"tierra") o x para representar el sonido postvelar G, que no
existe en español (etaxat = etaGat "agua"). Los pilagá, en
cambio, decidieron incorporar símbolos (letras) diferentes para
representar algunos sonidos existentes en el castellano, como la letra
griega l para la ll.
Leyes
nacionales y provinciales
El marco legal que reconoce los derechos de los pueblos aborígenes comenzó
a gestarse a partir del retorno a la democracia en 1983. Dicho marco
legal, constituyó un proceso particular porque se sancionó primero la
ley provincial de Formosa en 1984 que resultó el modelo fundamental para
la sanción de la Ley Nacional 23.302 (1985) y para otras leyes
provinciales que se van promulgando en años posteriores: Ley No 6373 de
Salta (1986), Ley No 3258 del Chaco (1987), Leyes No 2435 y No 2727 de
Misiones (1987 y 1989, respectivamente), Ley No 2287 de Río Negro (1987),
Leyes No 3657,3623 y 3667 de Chubut (1991) y Ley No 11078 de Santa Fe
(1993)(Cf. Gerzenstein y otros, op.cit.:5). En el año 1994 se reforma la
Constitución Nacional y se deroga el artículo 65 de la Constitución de
1953, que otorgaba al Congreso la facultad de mantener a los indios en
reservas y convertirlos a la religión católica. Dicho artículo se
reemplaza por el artículo 75, inc.17, que expresa lo siguiente:
"Corresponde al Congreso: Reconocer la preexistencia étnica y
cultural de los pueblos indígenas argentinos. Garantizar el respeto a su
identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural,
reconocer la personería jurídica de sus comunidades y la posesión y
propiedad comunitaria de las tierras que tradicionalmente ocupan; y
regular la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano;
ninguna de ellas será enajenable, transmisible, no susceptible de gravámenes
y embargos. Asegurar su partición en la gestión referida a sus recursos
naturales y a los demás intereses que los afecten. Las provincias pueden
ejercer concurrentemente estas atribuciones."
NOTICIAS
Escuelas Bilingües
http://www.varelaenred.com.ar/lenguas_indigenas2.htm
http://www.culteducaavellaneda.com.ar/archivos/La_Crucesita_de_Barracas_al_Sud.pdf
LA VERDADERA DEUDA EXTERNA AMERICANA
Exposición del Cacique Guaicaipuro Cuatémoc ante la reunión de Jefes de Estado de la Comunidad Europea (08/02/2002).Con lenguaje simple, que era trasmitido en traducción simultánea a más de un centenar de Jefes de Estado y dignatarios de la Comunidad Europea, logró inquietar a su audiencia cuando dijo:
'Aquí
pues yo, Guaicaipuro Cuatémoc he venido a encontrar a los que celebran el
encuentro.
Aquí pues yo, descendiente de los que poblaron la América hace cuarenta
mil años, he venido a encontrar a los que la encontraron hace solo
quinientos años.